El Director del Departamento contará con el asesoramiento de una Comisión que estará formada por los Subdirectores, el Secretario y un representante de cada una de las Áreas de Conocimiento que comprende, y que están reflejadas en el artículo 1 del presente reglamento, que será en cada una de ellas el profesor de mayor rango académico de los que sean miembros del Consejo de Departamento; caso de haber dos o más profesores con el mismo rango académico, se alternarán por periodos de un año.
Serán funciones de la Comisión Asesora estudiar, proponer, asesorar e informar al Consejo de Departamento en los siguientes apartados:
- Programas de formación del profesorado de los niveles no universitarios, impulsando su renovación científica y pedagógica.
- Modificaciones que les afecten en la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador, así como estudio sobre las necesidades de contratación del mismo.
- Proponer o, en su caso, informar la contratación de profesorado visitante y emérito.
- Organización y desarrollo de cursos de formación permanente y actividades de extensión universitaria en el marco de la programación general establecida por los órganos competentes de la Universidad.
- Impulsar la renovación científica, técnica, artística y pedagógica de sus miembros.
- Organización y desarrollo de cursos de formación permanente y actividades de extensión universitaria en el marco de la programación general establecida por los órganos competentes de la Universidad.
- Procedimientos de evaluación de la calidad de las actividades del personal que desarrolle sus funciones y tareas en el Departamento y en los procedimientos de certificación y acreditación que afecten a tales actividades.
- Distribución de los recursos presupuestarios entre las diferentes Áreas de Conocimiento adscritas al Departamento.